Solicitud del servicio

De acuerdo con el Reglamento (UE) 2024/1106 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, que modifica los Reglamentos (UE) n.° 1227/2011 y (UE) 2019/942 para mejorar la protección de la Unión contra la manipulación del mercado en el mercado mayorista de la energía (normativa REMIT II), que entró en vigor el 7 de mayo de 2024, los mercados organizados (OMPs) o los RRMs designados por estos deberán reportar a ACER, en nombre de todos sus participantes, todas las ofertas reportables, quedando la obligación de adherirse al servicio en los agentes. Es por ello, que los agentes que participan en los mercados gestionados por OMIP, deberán acogerse al servicio de reporte REMIT.

Para cualquier aclaración sobre los servicios de reporte REMIT asociados al mercado de OMIP, puede contactar con REMIT.futuros@grupoomi.eu

Adicionalmente, OMI RRM presta servicios de reporte REMIT asociado a contratos no estándar de gas y electricidad así como el servicio de reporte de datos fundamentales. Por reporte de datos fundamentales se entiende el reporte de información relativa a la capacidad y utilización de instalaciones de producción, almacenamiento, consumo o transporte de electricidad y de gas natural, o relativa a la capacidad y utilización de instalaciones de GNL, incluida la indisponibilidad planificada o no planificada de dichas instalaciones

Para cualquier aclaración sobre todos estos servicios de contratos no estándar y datos fundamentales puede contactar con: REMIT.other@grupoomi.eu