FAQs OMI RRM
El OMI RRM es el “Reported Registered Mechanism” del grupo OMI (Operador del Mercado Ibérico) autorizado por ACER.OMI RRM es gestionado por OMIClear sucursal España. El nuevo RRM del OMI está autorizado por ACER como RRM con código ACER B0015918W.ES
OMI RRM es el RRM que ofrece el servicio de comunicación de órdenes casadas y no casadas en el mercado de OMIE y de OMIP en virtud del citado Reglamento a través de OMI RRM como Registered Reporting Mechanisms (RRM) de ACER.
El artículo 8 de REMIT establece la obligación de los participantes en el mercado mayorista de la energía, bien directamente o bien a través de una persona o entidad autorizada para actuar en su nombre, de reportar a ACER el listado de las operaciones realizadas en el mercado mayorista de la energía, incluidas las órdenes para realizar operaciones, así como de los datos fundamentales del mercado. Dicha obligación de reporte de datos entró en vigor una vez transcurridos nueve meses desde la adopción de los actos de ejecución de la Comisión Europea (el 7 de octubre de 2015).
Por tanto, si ustedes operan directamente en los mercados diario y/o intradiario de OMIE están ustedes obligados a reportar a ACER.
Asimismo, si ustedes operan directamente en el mercado de futuros de OMIP están ustedes obligados a reportar a ACER.
Sí. OMIE, como entidad responsable de gestionar el mercado diario e intradiario de electricidad en el MIBEL, y OMIP como responsable de gestionar el mercado de futuros del MIBEL ofrecen el servicio de comunicación de órdenes casadas y no casadas en el mercado en virtud del citado Reglamento a través de OMI RRM como Registered Reporting Mechanisms (RRM) de ACER.
OMI RRM ofrece servicios de reporte REMIT para las órdenes introducidas en OMIE y en OMIP, así como para contratos no estándar de gas y electricidad y datos fundamentales.
Para poder reportar sus operaciones lo primero que tienen que hacer es darse de alta como participantes del mercado en ACER, obteniendo para ello un código identificativo. El alta la tienen que efectuar a través del enlace https://www.acer-remit.eu/portal/ceremp.
Una vez que dispongan del código ACER definitivo pueden solicitar a OMI RRM que le reporte sus operaciones bien en el mercado diario e intradiario, bien en el mercado de futuros gestionado por OMIP o bien en ambos mediante la suscripción de los correspondientes contratos de reporte.
En el caso del servicio de reporte para las órdenes introducidas en OMIE, OMI RRM reportará todas sus unidades de oferta y transacciones.
Disponen de toda la información y el modelo de contrato en el siguiente enlace: www.grupoomi.eu
Estará incumpliendo la normativa REMIT. Debe comenzar a reportar cuanto antes sus operaciones
Según se establece en los correspondientes contratos de servicio de reporting REMIT, la baja debe ser solicitada con al menos un preaviso de 30 días.
La baja se solicitará mediante comunicación a OMI RRM a través de la dirección general REMIT.reporting@grupoomi.eu
El artículo 8 de REMIT establece la obligación de los participantes en el mercado mayorista de la energía, bien directamente o bien a través de una persona o entidad autorizada para actuar en su nombre, de reportar a ACER el listado de las operaciones realizadas en el mercado mayorista de la energía, incluidas las órdenes para realizar operaciones, así como de los datos fundamentales del mercado. Dicha obligación de reporte de datos entró en vigor una vez transcurridos nueve meses desde la adopción de los actos de ejecución de la Comisión Europea (el 7 de octubre de 2015).
Si ustedes operan directamente en los mercados diario y/o intradiario de OMIE están ustedes obligados a reportar a ACER.
El agente representado se entiende que es el beneficiario del contrato.
En todas aquellas unidades de oferta en las que exista un único representado será posible identificarlo como beneficiario.
En ese caso, OMI RRM hará constar en el reporte a ACER del representante la identificación del beneficiario siempre y cuando el representante haya comunicado a OMIE el código ACER del representado.
Quedan exceptuados del reporte como beneficiario los titulares de instalaciones de tecnologías renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos cuando acudan al mercado representados en nombre propio.
No es necesario ya que el reporte se hace a través del representante.
OMI RRM publicará en el Web en la sección “Comunicaciones y documentos ACER” la información relevante publicada por ACER. Asimismo, OMI RRM se pondrá en contacto por correo electrónico con los agentes para otros asuntos cuando sea necesario. Los agentes darán de alta sus direcciones de correo electrónico de contacto para asuntos REMIT en el proceso de contratación del servicio a través del web de agentes.
OMI RRM facturará la contraprestación mensual que corresponda si el Participante en el Mercado tiene Contrato REMIT en vigor con OMI RRM el último día del mes.
Esta factura se emitirá antes del día 16 del mes siguiente.
La factura es expedida de forma electrónica, utilizando una firma electrónica avanzada del operador del mercado y se publica en formato XML en el Sistema de Información del Operador del Mercado, aunque también se puede visualizar en PDF.
La factura se publicará en el Sistema de Información del Operador del mercado.
OMI RRM en coordinación con OMIE permite que OMIE integre el pago mensual en la nota de abono o cargo del mercado diario de producción del Participante en el Mercado.
En caso de que el Participante en el Mercado no tenga nota, deberá abonar directamente el pago en la cuenta de OMI RRM que figura en la factura.
Según se establece en el contrato de comunicación de datos REMIT, la baja debe ser solicitada con al menos un preaviso de 30 días. La baja se solicitará a OMI RRM a través de la dirección REMIT.spot@grupoomi.eu
El artículo 8 de REMIT establece la obligación de los participantes en el mercado mayorista de la energía, bien directamente o bien a través de una persona o entidad autorizada para actuar en su nombre, de reportar a ACER el listado de las operaciones realizadas en el mercado mayorista de la energía, incluidas las órdenes para realizar operaciones, así como de los datos fundamentales del mercado. Dicha obligación de reporte de datos entró en vigor una vez transcurridos nueve meses desde la adopción de los actos de ejecución de la Comisión Europea (el 7 de octubre de 2015).
Si ustedes operan en el mercado de derivados del MIBEL gestionado por OMIP están obligados a reportar a ACER.
OMI RRM publicará en el Web en la sección “Comunicaciones y documentos ACER” la información relevante publicada por ACER. Asimismo, OMI RRM se pondrá en contacto por correo electrónico con los agentes para otros asuntos cuando sea necesario. Los agentes darán de alta sus direcciones de correo electrónico de contacto para asuntos REMIT en el proceso de contratación del servicio a través del web de agentes.
OMI RRM facturará la contraprestación mensual que corresponda si el Participante en el Mercado tiene Contrato REMIT en vigor con OMI RRM el último día del mes.
OMI RRM en coordinación con OMIP y OMIClear permite que se integre el pago del servicio REMIT de manera mensual a través del mecanismo de liquidación de OMIClear a los agentes que operan en OMIP.
Según se establece en el contrato de comunicación de datos REMIT, la baja debe ser solicitada con al menos un preaviso de 30 días. La baja se solicitará a OMI RRM a través de la dirección REMIT.futures@grupoomi.eu